Una vez completado el trámite, la empresa recibirá en su cuenta de email usuario y contraseña para poder descargar el software y realizar la declaracion jurada.
Por este mes se habilitará el envío por mail de los datos para recibir en las 24 horas siguientes usuario y contraseña.
De todas formas se deberá enviar la información al Fondo de Cesantía para completar el registro.
Aquellas empresas que no cumplan con el registro no podrán declarar en los meses posteriores.